Cielo Elainne Rusinque
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Por no cumplir con formación académica, sacan a Cielo Rusinque de la Superintendencia de Industria y Comercio

No acreditó los requisitos legales exigidos para posesionarse y ejercer el cargo.

El Consejo de Estado, en sentencia de única instancia, declaró la nulidad del Decreto 0098 del 2 de febrero de 2024, mediante el cual se designó a Cielo Elainne Rusinque Urrego como superintendente de Industria y Comercio, al concluir que no se acreditaron los requisitos legales exigidos para ejercer el cargo. 

La Sala precisó que aunque se trata de un empleo de libre nombramiento y remoción, esto no exime del cumplimiento estricto de las calidades previstas en la ley, en particular las establecidas en el artículo 2.2.34.1.2 del Decreto 1083 de 2015. 

Al analizar el proceso, la Sección Quinta determinó que la designada no cumplía con el requisito de formación académica, que exige contar con un título de posgrado en áreas afines a las funciones del cargo. 

En este punto, la Sala advirtió que uno de los títulos aportados correspondía a un “título propio” obtenido en el exterior, cuya equivalencia en el sistema colombiano no permitía establecer, con certeza, que correspondiera al nivel de maestría requerido. 

Asimismo, concluyó que el máster en Ciencia Política obtenido en Francia no tenía afinidad específica con las funciones técnicas de la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionadas con temas como competencia, protección al consumidor, propiedad industrial o protección de datos. 

De igual manera, el Consejo de Estado concluyó que no se acreditó de forma suficiente la experiencia profesional exigida. Aunque la norma establece un mínimo de 10 años de experiencia relacionada, en este caso solo se lograron demostrar 8 años y 6 meses. 

Esto se debe a que algunas de las certificaciones aportadas no detallaban las funciones desempeñadas o no evidenciaban una relación directa con las competencias propias del cargo. 

 

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